martes, 13 de octubre de 2009

FICHA DE PROCEDIMIENTO GENERAL

1º DEMANDA. El procedimiento se inicia mediante demanda en la que deben indicarse claramente las partes que intervienen, los hechos y los fundamentos legales en los que quien inicia el procedimiento (demandante) basa su pretensión.
La intervención de abogado y procurador es obligatoria por lo que en la demanda también deberán indicarse sus nombres.

2º AUTO. El juzgado emitirá una resolución, por la que declarará la admisión de la demanda y procederá a su notificación a la otra parte para que la conteste, en un plazo de 20 días.

3º ACTO DE COCILIACIÓN. Una vez contestada, el juez citará a las partes a una comparecencia, a la que deberán acudir acompañadas de letrado, y tratará de que lleguen a un acuerdo.
En el caso de que este acuerdo no se alcance, en esta comparecencia las partes realizarán la proposición de prueba.

4º JUICIO ORAL

5º SENTENCIA deberá pronunciarse sobre las pretensiones que han sido ejercitadas por cada una de las partes.
6º RECURSO contra la misma en el plazo de 5 días desde su notificación.

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