domingo, 17 de enero de 2010

Usucapión

Hay varios pleitos abiertos en distintos tribunales por el litigio de los bienes eclesiásticos del Aragón oriental que permanecen en Lérida aunque el Vaticano ha ordenado su vuelta a la diócesis Barbastro-Monzón en reiteradas ocasiones. Uno de ellos se empezará a dirimir este próximo jueves. Se trata del recurso presentado en un juzgado leridano por la asociación Amigos del Museo, que considera que Lérida es la legítima propietaria de al menos 88 obras de la colección de arte sacro que está en litigio (compuesta en realidad por 113 piezas). Ambas partes deben presentar las pruebas que estimen oportunas para acreditar la propiedad. Mientras que la diócesis de Barbastro-Monzón se acoge al hecho de que la ley vaticana -con pleno valor en el Estado español- ya ha resuelto el pleito, esta entidad cultural de Lérida se agarra a una figura jurídica conocida como la usucapión. Este concepto determina que alguien es propietario de un bien material por haberlo poseído de forma prolongada en el tiempo y de forma pacífica y pública, como es el caso de estas obras, que actualmente se exponen en el museo diocesano y comarcal de Lérida.

La Ley de nietos

España aprobó casi 82.000 solicitudes de nacionalidad durante el primer año de vida de la llamada ley de nietos, más del 95% de las cuales llegaron de América Latina. El gobierno español dijo que los expedientes admitidos representan la mitad de las 161.463 solicitudes presentadas hasta la fecha. La ley de nietos, que entró en vigor en enero de 2009, es una disposición adicional de la ley de la Memoria Histórica, un texto aprobado por el gobierno para resarcir a las víctimas de la guerra civil y la posterior dictadura de Francisco Franco. En su articulado, establece que los descendientes de españoles podrán recuperar la nacionalidad que perdieron sus padres y abuelos al verse forzados a abandonar el país. Según estimó el ejecutivo, hasta 500.000 hijos y nietos de dichos emigrantes podrían solicitar la ciudadanía española. Se calcula que 300.000 de ellos residen en Argentina. La mayoría de las solicitudes presentadas el año pasado, el 87,5%, correspondieron a hijos de padre o madre nacido español y emigrado a causa de la guerra. Las restantes fueron de nietos cuyos abuelos perdieron la nacionalidad por motivo del exilio forzoso. . Centenares de miles de españoles abandonaron España durante la guerra civil (1936-1939) y el régimen franquista (1939-1975).

martes, 12 de enero de 2010

Indemnizaciones para los pasajeros de Air Comet

El tramite habitual de los pasajeros a los que se cancela un vuelo es una denuncia particular de tipo mercantil.
En este caso concreto, no tendría ningún resultado positivo para ellos ya que la compañía ha presentado convenio de acreedores.
Otra vía, como así informa el diario el Pais en un articulo, " es la abierta por las nueve asociaciones de consumidores que han presentado una denuncia ante la Audiencia Nacional el pasado 23 de diciembre contra los "representantes legales" de la aerolínea. Además de responsabilidad penal, se piden indemnizaciones para los afectados por una responsabilidad civil subsidiaria que recae, en primer lugar, sobre la aerolínea; en segundo, sobre las aseguradoras e, incluso, sobre el Ministerio de Fomento, si se demostrara que dejó volar a Air Comet conociendo su insolvencia."

Condenan al Estado por la agresión a un recluso


"La Audiencia de Cantabria ha condenado a la Administración del Estado, como responsable civil subsidiario, a indemnizar a un preso que fue agredido por otro en el patio de la Prisión Provincial de Santander con una pala de frontón, que le habían entregado los funcionarios para jugar y que se guardó en su mochila.
La sentencia estima así el recurso promovido por el Ministerio Fiscal, al considerar que la agresión se produjo en un centro penitenciario perteneciente al Estado y por un interno sujeto al control de los funcionarios, función que no se realizó «con la debida diligencia por cuanto no se verificó la devolución de un objeto contundente entregado para el único fin de utilizarlo en una actividad deportiva».
Los hechos ocurrieron el 15 de noviembre de 2007 cuando el acusado Nicolás G. C. se encontraba en el patio de preventivos de la Prisión Provincial de Santander y golpeó por la espalda y de forma reiterada a otro preso que se encontraba desprevenido tomando café. El encausado agredió al interno con una pala de jugar al frontón que le había entregado previamente un funcionario de cárcel y que se guardó en su mochila.
La víctima recibió varios golpes en la cabeza y sufrió heridas también en los nudillos de la mano derecho y codo que necesitaron varios puntos de sutura y varios días para curar.
El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander condenó a Nicolás G. C. a un año y once de prisión como autor de un delito de lesiones, así como a indemnizar al herido con 1.070 euros.
El Ministerio Público mostró su conformidad con el relato de hechos probados y la pena, pero la recurrió en un único sentido: que se declarase la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, a través de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Ahora la Audiencia ha respaldado la postura fiscal al entender que la Administración Penitenciaria debió haber previsto medidas adecuadas de control sobre la pala de madera entregada al interno, con el fin de que fuese devuelta una vez concluyó la actividad deportiva. Sostiene el tribunal que si la agresión se hubiera producido durante el juego la responsabilidad civil no se hubiera extendido al Estado ya que «el deber de vigilancia» de los funcionarios no se extiende al extremo de supervisar el desarrollo del juego." noticia del diariomontanes.com

domingo, 10 de enero de 2010

Activistas de Greenpeace

"Las normas internas danesas aplicadas por la Policía y las autoridades penitenciarias danesas no tienen justificación alguna en el Derecho de la Unión Europea relativo a la protección de derechos humanos y libertades fundamentales.
el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos admite la prisión preventiva como una de las excepciones a la regla fundamental según la cual toda persona tiene derecho a la libertad. Pero en sus apartados 2, 3 y 4 el citado artículo 5 dispone que toda persona detenida preventivamente debe ser informada, en el más breve plazo, de los motivos de su detención y de cualquier acusación formulada contra ella (apartado 2); deberá ser conducida sin dilación a presencia de un juez (apartado 3); y tendrá derecho a presentar un recurso ante un órgano judicial, a fin de que se pronuncie en breve plazo sobre la legalidad de su privación de libertad y ordene su puesta en libertad si fuera ilegal (apartado 4.)
Desde la perspectiva del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por consiguiente, las condiciones de la detención preventiva de los activistas de Greenpeace son manifiestamente contrarias a las obligaciones juridícas de Dinamarca, como Estado miembro del Consejo de Europa y parte en el citado Convenio Europeo, cuyas normas prevalecen sobre las del Derecho interno danés."

Y yo me pregunto, sirve para algo estar rodeados de normas, leyes, pactos y ser integrantes del Consejo Europeo, si después cada uno se salta las reglas a su antojo y como no, es el ciudadano el que como siempre tendrá que dar mil vueltas si le quedan fuerzas, ganas y dinero en demostrar que se ha cometido una injusticia. Esto cansa y mucho ya que hoy son estos activistas, pero todos los días suceden cosas similares, y ¿que han hecho ellos?,¿ entrar en una fiesta donde no estaban invitados, para desplegar una pancarta sin utilizar ningún tipo de violencia?, en fin punto y aparte.

viernes, 8 de enero de 2010

La nueva Ley sobre descargas

la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional será la encargada de garantizar la revisión judicial de las medidas restrictivas que el Ministerio de Cultura propondrá contra las páginas web denunciadas por atentar contra la propiedad intelectual. Y las medidas se tomarán en un procedimiento rápido de tan sólo 4 días.
El Ministerio de Cultura creará una segunda sala para su Comisión de Propiedad Intelectual formada por entre 4 y 6 personas.
Esa nueva sala, o sala 2, de la Comisión, gestionará la denuncia de quienes consideren que una página web distribuye contenidos cuyos derechos no detentan. Comprobada la denuncia se enviarán dos avisos a la web y si no responde o corrige la actividad, retirando el contenido, la denuncia y los requerimientos serán enviados al juez, pero, siempre a la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional sólo garantizará que la medida restrictiva no daña o conculca la libertad de expresión o cualquier otro derecho fundamental protegido por la Constitución. Así, la Sala tendrá 4 días para notificar, oír a las partes y decidir si se aprueban o suspenden las medidas restrictivas propuestas por Cultura.

El Gobierno aprueba el Registro Civil único que simplifica trámites y descarga a los jueces

Se crea un registro electrónico único, con una base de datos común para toda España y se sustituye el Registro de hechos por un Registro Civil de personas.
Cada ciudadano tendrá una ficha personal única, donde constará todo su historial civil.
Con la inscripción de nacimiento se le asignará un Código Personal de Ciudadanía (CPC).
Los ciudadanos y las distintas Administraciones tendrán acceso telemático a los datos, y se podrán obtener certificaciones por Internet.

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